La Ley Orgánica 2/2010, De 3 De Marzo De Salud Sexual Y Reproductiva E Interrupción Voluntaria Del Embarazo.
Resumen del Libro
Era hora de que nuestros poderes constitucionales abordaran la realidad española en relación a la IVE, por varias razones: primera porque la verdad –como dice la canción- es lo que tiene, que es verdad, y esta verdad social consiste en la existencia de la práctica de abortos y el preocupante incremento de los últimos años no es una realidad creada por las mujeres deliberadamente, irresponsablemente, esta verdad social tiene sus causas, en las razones meditadas, de índole grave, que inducen a una mujer a abortar, en situaciones nunca agradables. Los responsables políticos deben responder a los problemas y a los desafíos sociales y, en este caso concreto, a las demandas de las mujeres en la consecución del ejercicio en plenitud de sus derechos ciudadanos. Porque de los que hablamos claramente, es del reconocimiento de la libertad de decisión de las mujeres como sujetos de derechos, como seres autónomos con todas sus consecuencias. Responsables de su maternidad y de su libertad. Ante esta situación, como siempre ante momentos de dificultad, el Estado puede hacer dos cosas: volver la espalda, con inacción, o también puede mirar de frente, sin hipocresía, para ayudar a la reducción numérica de IVE, y para proporcionar que las mujeres que se ven en esas situaciones, tengan criterios de seguridad jurídica sanitaria y garantías de ayuda de la sociedad, para abordar situaciones muy complejas y dolorosas siempre para ellas.