Ley De Sociedades De Solidaridad Social
Resumen del Libro
LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL CAPITULO I De la Constitución de la Sociedad ARTICULO 1o.- La sociedad de solidaridad social se constituye con un patrimonio de carácter colectivo, cuyos socios deberán ser personas físicas de nacionalidad mexicana, en especial ejidatarios, comuneros, campesinos sin tierra, parvifundistas y personas que tengan derecho al trabajo, que destinen una parte del producto de su trabajo a un fondo de solidaridad social y que podrán realizar actividades mercantiles. Los socios convendrán libremente sobre las modalidades de sus actividades, para cumplir las finalidades de la sociedad. ARTICULO 2o.- Las sociedades de solidaridad social tendrán por objeto: I.- La creación de fuentes de trabajo. II.- La práctica de medidas que tiendan a la conservación y mejoramiento de la ecología. III.- La explotación racional de los recursos naturales. IV.- La producción, industrialización y comercialización de bienes y servicios que sean necesarios.